Calificación del concurso : desde la perspectiva del grupo de sociedades
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Resumen
La calificación es la pieza del procedimiento concursal dirigida a determinar el grado de responsabilidad del deudor y, en caso de persona jurídica, de sus administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, directores generales y la de cuantos hubieren tenido cualquiera de estas condiciones dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración de concurso en relación con el estado de insolvencia del deudor. En términos generales, el concurso será calificado como culpable cuando hubiese mediado dolo o culpa grave en la generación o agravación del estado de insolvencia. En atención a lo anterior, y dado que la sentencia de calificación debe establecer las consecuencias y las responsabilidades que cada sujeto debe soportar en caso de concurso culpable, parece razonable pensar que los acreedores intentarán buscar cualquier vía para ver satisfechos sus créditos. Así, la presencia de los grupos de sociedades en el tráfico económico y la dirección unitaria o coordinada que los caracteriza, pueden suponer la participación de sociedades del grupo en aquellos actos que hayan generado o agravado la insolvencia de la concursada, lo que podría derivar en su responsabilidad. Si bien debe hacerse un análisis individualizado para cada caso concreto y cada supuesto y presunción de culpabilidad, la mera existencia del grupo no puede significar per se la extensión de la responsabilidad, por lo que solo cuando las sociedades del grupo hayan actuado con dolo o culpa o como administradoras de hecho es cuando podrá darse cabida a la responsabilidad de otras sociedades distintas de la concursada.
Within insolvency proceedings, the study of the degree of fault is the procedure aimed at determining the degree of liability of the debtor and, in the case of a legal entity, of its administrators, liquidators, managing directors, and of those who have held any of these positions within the previous two years in relation to the debtor's state of insolvency. In general terms, an insolvency proceeding will be classified as culpable when a fraudulent or gross negligent conduct has caused or aggravated the state of insolvency. In view of the above and given that in the event of being at fault the court judgement must establish the consequences and liabilities that each party must bear, it seems reasonable to imagine that creditors will try to seek any means to have their claims satisfied. Furthermore, due to the increasing presence of groups of companies in the economic activity and the coordinated management that characterises them, the insolvency of one of their own may derive, to some extent, from the participation of group companies in related party transactions or any other acts. Although a case-by-case analysis must be made, the mere existence of the group cannot automatically derive in the extension of liability, and it is only when group companies have acted with fraud or gross negligence that any liability can be imposed.
